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El pasado 27 de febrero la Justicia Municipal de Faltas de Morón dictó una medida preventiva a favor de un jubilado para que una empresa de medicina prepaga refacturé a través del Índice de Variación Salarial. El principal motivo del fallo es para evitar la imposición de aumentos arbitrarios y desmedidos de un servicio vital para la salud de las personas.

El fallo lleva la firma del Juez a cargo del Juzgado de Faltas nº1, Enrique Louteiro, y ordena a la empresa Organización De Servicios Directos Empresarios (OSDE) que garantice el servicio a una persona adulta mayor.

Al mismo tiempo, estableció que se deje sin efecto los incrementos anunciados por la empresa para enero, febrero y marzo. De esta manera, la facturación deberá quedar establecida mensualmente de acuerdo a la Variación de un Índice Salarial denominado RIPTE.

La medida preventiva se dictó en función del art. 4 de la Ley de Medicina Prepaga, la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24.240 y las previsiones de Ley 13.133 (Código Provincial de Usuarios y Consumidores) ante una presentación realizada ante la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores del Municipio de Morón.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/ 2023 dictado por el Ejecutivo nacional facultó a las empresas de medicina prepaga a fijar incrementos en su servicio. Y en dos meses el servicio escaló un 87%, según el cálculo realizado por la Justicia de Faltas de Morón respecto del usuario.

En caso de necesitar asesoramiento, los vecinos y vecinas de Morón se pueden comunicar a la Dirección de Defensa del Usuario y el Consumidor por correo a [email protected], al teléfono 60788046 y por WhatsApp al 1131565691.