La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionó cuatro leyes, una de las cuales suspendió por 60 días el llamado impuesto a la riqueza, un adicional que se cobra sobre los bienes inmobiliarios y automotores. De este modo, para cubrir la pírdida de recursos, sea por la eliminación eventual del tributo o por la suspensión temporal votada, se autorizó al Poder Ejecutivo a remitir a la Legislatura una iniciativa de ley con las medidas tributarias que le permitan crear nuevos ingresos.
El impuesto a la riqueza -tal como se lo conoce- grava el patrimonio radicado en el territorio provincial, y se suma a la presión fiscal nacional que hace lo propio con el impuesto a los bienes personales.
El tributo, de reciente puesta en vigencia, fue fuertemente criticado desde el ámbito jurídico por especialistas, y obtuvo un fallo de la justicia, que representó un importante traspií a la estrategia recaudatoria del flamante responsable de ingresos provinciales, Santiago Montoya.
El propio Montoya minimizó los alcances del fallo, pero a los hechos se denota un retroceso que permita adecuar la norma para evitar futuras acciones judiciales, con un precedente favorable.
El punto mas discutido de la norma es que no contempla la capacidad contributiva de los gravados, y en muchos casos, especialmente en jubilados y pensionados, resulta confiscatorio, ya que se suma al impuesto territorial, del que en muchos casos por la eliminación de la exención en virtud del revalúo, abarca gran parte de los ingresos de los pasivos.

Fuente: infoban.com.ar