Axel Kicillof en su despacho de la gobernación

Desde el inicio de la cuarentena el Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires realizó una serie de pedidos para que se garantice la prestación del servicio de justicia y se lo declare como actividad esencial, y por ende a la abogacía.

Ante la falta de respuesta, los matriculados interpusieron una acción de amparo por mora a fin de que el gobernador Axel Kicillof atienda la presentación efectuada el día 14 de abril del 2020, por la cual se solicitó al Ejecutivo provincial que exceptúe de la restricción de aislamiento a todos los abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires, que se implemente un protocolo que haga posible la apertura de los estudios jurídicos con atenciones mínimas y que se declare a la justicia como servicio esencial, así como a la labor de los abogados.

La acción colectiva tuvo curso favorable, y el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, a cargo del juez subrogante,  Francisco José Terrier, dictó sentencia en la que admite la acción por mora, es decir, que el Ejecutivo provincial se ha excedido en los plazos, intimando a que atienda en un plazo de 20 días el reclamo para declarar a la Justicia como una actividad esencial.

Mientras tramitaba la acción, en paralelo a los constantes reclamos de los abogados y por los avances que se registraban en ese momento respecto a los contagios por Covid-16, la administración provincial dictó la Resolución N° 260/20 (con fecha posterior al amparo), habilitando la actividad profesional en municipios que se encontraran en fase 4 y 5, y facultó a los municipios en fase 3 a solicitar la excepción para los letrados.

Por este motivo el magistrado decidió admitir parcialmente la acción de amparo por mora, y ordenó al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires que despache la nota presentada por la entidad colegial en fecha 14 de abril del 2020, en cuanto a la pretensión de declarar a la Justicia como una actividad esencial en un plazo de 20 días.

En la consideración del Juez Terrier, el Ejecutivo provincial no se expidió respecto al pedido de esencialidad realizado por ColProBA por lo cual la acción es procedente, y mantiene latente el pedido para que se avance en establecer como nueva excepción al ejercicio de la abogacía como parte fundamental del servicio de justicia en pleno funcionamiento.

Esta acción tuvo su origen en el Colegio de Abogados de San Isidro -a través de su presidente el Dr. Santiago Quarneti y del Dr. Diego Isabella- e impulsada desde el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, que integran los veinte colegios departamentales, que nuclean a 65 mil abogados y abogadas de la Provincia de Buenos Aires.