obra-puente-financiamiento-bid-katopodis

Escribe Lic. Andrés Filón

En estos últimos días se han escuchado voces que destacan al modelo de concesión de obras y servicios en Chile, como un camino posible a recorrer por nuestro país. Por ello, me pareció interesante intentar una aproximación a esa realidad y experiencia de 30 años de implementación.

Antes de presentar algunos apuntes más precisos creo necesario exponer un marco general, para no equivocarse al interpretar algunas características que presenta el país trasandino.

El primer aspecto destacable es que Chile tiene una configuración unitaria que divide en regiones su territorio, pero el gobierno central es quien toma las decisiones, o sea, no hay gobernadores ni legisladores que dependan de ellos.

El segundo aspecto es que la Constitución chilena de 1981 (ratificada el 17/12/23) consagra el principio de Subsidiariedad del Estado, propiciando la participación privada en múltiples aspectos públicos.

La similitud que presenta con nuestro país es que conjuntamente con la situación de estrechez económica que se vivía en Chile al momento de recuperar el proceso democrático (1989) existía la necesidad de contar con infraestructuras modernas, un proceso que argentina hoy también necesita.

Un punto relevante es que la concesión de obra no cambia la esencia de ella, sino el modo de financiarla.

Otro aspecto relevante es que las concesiones deben ser capaces de generar los recursos suficientes para su repago, como es el caso de obras de uso público, (ej. autopistas, trenes, etc.) mientras que las de utilidad pública (ej. hospitales) tendrían su correlato en los pagos que efectúa la administración. Esta última modalidad deriva en las asociaciones público-privadas.

Un condicionante especial se posa sobre las concesiones de utilidad pública: la necesidad de poder cuantificar con la mayor precisión posible la calidad del servicio y sus obligaciones. Los pagos son periódicos, fijos y variables.

Algunos ejemplos de obras más sofisticadas que rutas o autopistas son: el Centro de Justicia de Santiago, los recintos penitenciarios como Iquique y La Serena o los hospitales como el de Maipú-La Florida y Antofagasta. Estos últimos modelos se inscriben en lo que se denomina la integración público-privada, esquemas de mayor sofisticación. Son formas de concesión donde el privado entrega en arrendamiento la infraestructura construida al Estado.

El sentido de este tipo de contratos parte de una realidad: el Estado no dispone de los fondos para construir la obra o infraestructura necesaria y es el privado quien ocupa ese rol, para luego ser recompensado por el propio Estado.

La Unión Europea reconoce y regula este tipo de contratos a partir del año 2004, si bien el principio que los alentó para estas modalidades está más vinculado a la reducción del endeudamiento que a la imposibilidad de financiar obras de infraestructuras prorrateandolas en el tiempo
La inversión.

¿Son las concesiones el mejor camino cuando se trata de que quien paga es el mismo concedente?

No hay una respuesta unívoca y quizás puedan englobarse las dos cuestiones que subyacen: dogma y eficiencia. La segunda es la que cobra verdadera relevancia para justificar a la primera.

En la dimensión de la eficiencia aparece el concepto de la calidad que no siempre acompaña la austeridad. No son fáciles de mensurar los servicios brindados por una cárcel o un hospital dadas las complejidades que poseen ellos mismos y quizás la eficiencia económica colisiona con la calidad requerida. Existen muchas prevenciones al respecto y la necesidad de contar con parámetros que permitan medir ecuánimemente la calidad prestacional.

Por último, para poner un marco económico referencial podemos apreciar por lustros la inflación promedio en Argentina y Chile.

LUSTROInflación Prom. ArgInflación Prom Ch
1990-199522,8813,88
1996-20000,25,12
2001-200512,362,58
2006-201019,83,64
2011-201528,383,42
2016-202040,62,76
2021-202272,858.05

El cuadro precedente nos delimita de manera contundente que solo durante un lustro la inflación promedio en nuestro país estuvo por debajo de la chilena; esa situación también conspira para la concreción de concesiones ya que hacen impredecibles los precios/tarifas y las utilidades que se prevén.

De la experiencia chilena se desprende que el control de las diferentes instancias en materia de calidad de prestaciones, se vuelve una parte sustantiva de la aceptación y del sostenimiento de esta modalidad. Los Entes de Control deberían tener una relevancia destacada.