Se trata de una iniciativa para ampliar la licencia por adopción a 180 días en el ámbito a administración pública provincial.
La Vicepresidenta II de la Cámara de Diputados Liliana Piani presentó un proyecto de Ley para ampliar la licencia mínima por adopción a 180 días, contados a partir del otorgamiento judicial de la guarda con fines de adopción.

La iniciativa, que pretende ampliar la licencia por adopción a 180 días, alcanzaría a todos los agentes que se desempeñan en la administración pública provincial dependiente de los tres poderes, entes autárquicos, Organismos de la Constitución, municipalidades y todo otro ente gubernamental incluyendo las sociedades mixtas con participación estatal provincial, independientemente de la norma estatutaria que rija la relación de empleo público. A su vez expresa que en el caso de un adoptado con capacidades diferentes la licencia será de doscientos diez días corridos.

Según la Diputada Piani “los agentes públicos guardadores de un niño con fines de adopción deben gozar de la misma licencia que la trabajadora biológicamente madre” y agregó que “es importante contar con este tiempo, ya que es donde se produce una convivencia más intensa que facilita un mejor conocimiento mutuo en la integración del niño en la nueva vida familiar”.

Se debe destacar que en los últimos años la legislación ha ido avanzando en materia de licencias, ampliando los plazos previstos por leyes que se orientaban claramente en otro sentido.

Sin embargo las licencias por adopción no han merecido tratamiento alguno, quedando relegadas respecto de las demás licencias reconocidas por ley a los trabajadores.

“Al ampliar la licencia por maternidad y/ o paternidad adoptiva con goce de sueldo, estamos protegiendo el “interís superior del niño” al que se refiere la Convención de los derechos del Niño” y la propia ley 13298. Los cuidados del niño dado en guarda con fines de adopción, deben ser especialmente intensos para lograr una buena y feliz incorporación del niño a la familia, cualquiera sea la edad del mismo, debiendo ser el Estado el que facilite por medio de la legislación el tiempo de dedicación exclusiva a los padres con su hijo ” concluyó Piani.

Fuente: infoban.com.ar