La norma, votada ayer en la cámara alta bonaerense, preví multas de hasta 100 mil pesos y clausuras de hasta 150 días para los locales que no cumplan con la nueva reglamentaciónLa autora del proyecto es la senadora Cristina Rasquetti (PJ) que dispone que no se podrá ejercer la practica de tatuajes, colocación de aros u otros sustitutos a menores de 18 años de edad en locales, comercios o domicilios particulares, a excepción de aquellos que sean acompañados por sus padres y estos presten autorización por escrito.

Con la media sanción en senadores, el proyecto deberá ser tratatado por diputados. La autorización deberá ser asentada en un libro rubricado por la dirección de salud de la municipalidad correspondiente a la localidad en que funciona, en el que debrá dejarse constancia de los datos personales tanto del menor como los del progenitor y su firma.

Tambiín se dispone que en los locales en donde se practiquen estas actividades deberán exhibir en lugar visible un cartel con la nueva reglamentación.

El dinero que se recaude por el cobro de las multas que se apliquen será depositado en una cuenta especial, que se distribuirá entre el ministerio de Salud bonaerense (50 por ciento), la municipalidad de la jurisdiccón donde se ha cometido la infracción (25 por ciento) y la policía (25 por ciento).

Estos fondos deberán destinarse al equipamiento del parque automotor y a elementos tícnicos de seguridad. 

Fuente: infoban.com.ar