La Ordenanza sancionada homologa el Anexo IV, al Convenio de Descentralización Administrativa-Tributaria- Impuesto a los Automotores(Embarcaciones deportivas o de Recreación).El mismo fue oportunamente suscripto entre la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Ministro de Economía, Lic. Gerardo Otero y  la Municipalidad de Vicente López, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Enrique García conforme al Decreto correspondiente, con vigencia desde el 01/09/05 y hasta que sea denunciado por alguna de las partes o rescindido de común acuerdo, a la vez que señala que el gasto demandado por la implementación de lo dispuesto será debitado de las partidas presupuestarias que corresponda , debiendo el Ejecutivo Comunal tomar las previsiones necesarias en lo que respecta a futuros ejercicios.
La Ordenanza sancionada tiene en cuenta el proyecto remitido por el D.E. Municipal, y considera que, el tributo cuya administración se delega al Municipio es el tramo del Impuesto a los Automotores en el capitulo correspondiente del Libro Segundo del Código Fiscal, correspondiente a todas aquellas embarcaciones que deban tributar este Impuesto y tengan amarre dentro de los límites geográficos del Municipio y aquellas , que no teniendo registrado en la base de datos, un lugar de amarre, tengan el domicilio Fiscal del contribuyente dentro del Partido de Vicente López, con el siguiente alcance: a) las cuotas del Impuesto cuyo vencimiento opere durante la vigencia del mismo; b) las deudas de ejercicios anteriores del mismo Impuesto, incluso las incorporadas a regímenes de regularización impositiva impulsados por la provincia, por planes concretados durante la vigencia del Convenio.
Por último, la Ordenanza señala que surgen del texto del Convenio los derechos y obligaciones de cada parte, especificándose que la recaudación del tributo, cuya administración se delega, se distribuirá, luego de las afectaciones legales actualmente en vigencia, en partes iguales, entre Rentas Generales de la Provincia y el Municipio, en concepto de retribución por la administración del Tributo y que, el Municipio se compromete  a afectar el 50% de lo que le corresponda , a la financiación de gastos en programas de Seguridad y Justicia, convenidos con la administración de la Provincia de Buenos Aires.

Fuente: infoban.com.ar