Las empresas deben ingresar a la página de AFIP con CUIT y habilitar el servicio del registro.

Un total de 42.918 empresas ya obtuvieron su certificado MiPyME en lo que va de enero, lo que les permitirá acceder a beneficios impositivos y programas de asistencia.

De esta forma, ya son más de 608.000 las empresas en el Registro PyME del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.

La inscripción al Registro MiPyME se realiza completamente en forma online.

Las empresas deben ingresar a la página de AFIP con CUIT y habilitar el servicio del registro.

Luego de seguir este paso, se debe autorizar a AFIP para que envíe la información a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores para que la analice.

Si se cumple con los requisitos, la Secretaría emitirá un certificado que acreditará la condición de MiPyME ante el Ministerio de Desarrollo Productivo y otros organismos e instituciones.

Los requisitos son: tener CUIT, clave fiscal nivel 2 o superior, estar inscripto en el Monotributo o en el Rígimen General (en Ganancias y en IVA) y estar adherido a Trámites a Distancia (TAD).

Se pueden registrar monotributistas, profesionales, comerciantes, las sociedades, las empresas pequeñas y medianas, y todas las personas humanas o jurídicas que cumplan con los requisitos mencionados, sin importar su antigüedad.

Para realizar la inscripción las empresas deben tener presentadas las Declaraciones Juradas de IVA y de Cargas sociales de los últimos 3 ejercicios fiscales.

Sin embargo, aquellas empresas que soliciten junto con la inscripción el beneficio de pago de IVA diferido, se les solicitará estar al día con la totalidad de las presentaciones en AFIP.

La vigencia del certificado es desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio.

Para renovarlo, la pyme debe realizar la recategorización durante ese mes.

Para descargar y consultar el certificado, se deberá ingresar a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o a https://pyme.produccion.gob.ar/certificado/.

A partir de abril del 2020, la renovación en el Registro de Empresas MiPyME será automática para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios.

Las únicas que deberán terminar su trámite manualmente serán aquellas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento.

Fuente: infoban.com.ar