Suman 3 las presentaciones en el ámbito administrativo contra la intención de la intendencia de Vicente López de edificar en la costa torres en altura.
La medida impulsada a raíz de la caída de las ordenanzas de excepción por notorias ilegalidades e irregularidades en su tratamiento y aprobación, que buscaba legitimar los proyectos de emprendedores inmobiliarios en desmedro de la calidad de vida de sectores del bajo del partido, recibió otro embate legal por parte de un vecino que ya había pedido la inmediata revocación del Decreto que instrumentaba una convocatoria para oposición a la iniciativa de modificar los indicadores urbanísticos de la zona costera.
La nueva presentación, llevada a cabo en el día de hoy, amplía fundamentos y hace Reserva de Caso Federal, lo que podría terminar en la Suprema Corte de Justicia en caso que el Intendente García insistiera en la vigencia del Decreto recurrido en todos sus tírminos.
El escrito pleno de jurisprudencia y doctrina, objeta la "falta de acceso a la información" que esconde la confusa tramitación intentada por la administración del Intendente García, a la vez que objeta la violación que prima facie representa al derecho a peticionar ante las autoridades y a obtener una información adecuada, máxime considerando que de lo que el Decreto trata es de una cuestión "grave y extrema" como lo es "el deterioro del ambiente, sumado a los peligros de daños que ello provoca a la vida, salud y entorno de las futuras generaciones".
Citando a Falbo, la presentación fundamenta su reclamo en la necesidad de brindar a los vecinos información ambiental clara, veraz y accesible "se puede afirmar que en la medida que si los datos se brindan de manera caótica o asistemática o desordenada, ello implica directa o indirectamente- una falencia de tal magnitud que obligará a concluir que no existe información ambiental" tras lo cual se limitó a reproducir un párrafo del art. 26 in fine de la constitución nacional "Toda persona tiene derecho a su sólo pedido, a recibir libremente información sobre el impacto que causan o pueden causar sobre el ambiente actividades públicas o privadas".
El contenido del Decreto, analizado y recurrido días atrás por Andrís Filón, cuestiona la metodología implementada en la cual, se otorgan plazos "exiguos" para que los vecinos analicen, estudien, fundamenten y eventualmente se expidan en oposición al proyecto de autorizar la construcción de torres en altura en la franja costera al este de Av. del Libertador, cuestión prohibida por el código de ordenamiento urbano imperante al momento de la aprobación de decenas de "sospechadas" ordenanzas de excepción.
El vecino de La Lucila, Andrís Filón, fue el mismo que oportunamente llevó hasta la Corte un expediente que desenmascaró una metodología operada desde la administración pública por medio de la cual se realizaban obras públicas, sin el debido procedimiento administrativo, control ni procesos de contratación imperativos, que según el caso debieran haberse instrumentado para contrataciones millonarias, y fueron omitidos por la administración comunal bajo la figura de "contraprestaciones de hacer y/o dar" a cambio de excepciones al Código de Ordenamiento Urbano (COU).
"Ante el fracaso de las excepciones, de alcance particular, no dudaron en procurar a los emprendedores privados los permisos, apelando para ello a una reforma general de la zonificación" explica Andrís Filón quien asegura que "la norma impugnada no garantiza fehacientemente -la participación ciudadana en los procesos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio- ya que el derecho se reconoce sólo de una manera puramente formal e inutil a los efectos perseguidos."
Filón entiende, y así lo manifiesta en su impugnación que "se viola el art. 28 de la constitución, al dictar un procedimiento con plazos exiguos, totalmente arbitrarios e irrazonables."

Fuente: infoban.com.ar