A partir de febrero los afiliados a PAMI que soliciten un Traslado Programado deberán hacerlo siempre con la prescripción mídica correspondiente y el formulario de solicitud completo.

Para solicitar el Traslado Programado, el afiliado tendrá que comunicarse directamente con su prestador quien, con las direcciones de origen y destino, determinará si el traslado supera o no los 30 kilómetros.

Si el traslado a realizarse no supera los 30 kilómetros (contabilizados de ida y vuelta), el afiliado o apoderado deberá programar directamente con el prestador el día y horario del servicio.

Si el traslado supera los 30 kilómetros (contabilizados de ida y vuelta), el afiliado o apoderado deberá acercarse a su Agencia/UGL para generar una Orden de Prestación (OP) necesaria para coordinar con su prestador el día y horario del traslado.

Para mayor información, los afiliados podrán consultar los telífonos de los prestadores de Emergencias y Traslados Programados en www.pami.org.ar/emergencias.php o llamando a PAMI Escucha al 138.

Fuente: infoban.com.ar