La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al fisco de la provincia de Buenos Aires que “se abstenga de liquidar, reclamar, intimar o proseguir” con la exigencia del pago del impuesto a la Riqueza.
El planteo realizado ante la justicia, por entender que ese cargo se superponía con el impuesto sobre los bienes personales y con los tributos provinciales que gravan la tenencia de inmuebles (inmobiliario) y de ciertos bienes registrables (automotores, embarcaciones), tuvo eco favorable, impidiendo el cobro del gravámen, que alcanza a quienes cuentan con un patrimonio superior a los 500 mil pesos.
De esta manera la iniciativa del ratificado Santiago Montoya, por aquíl entonces subsecretario de Ingresos Públicos y, desde ayer director de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires, fue denegada en este caso.
La Corte Suprema de Justicia resolvió hoy prohibir al gobierno bonaerense exigir el pago de adicionales al impuesto inmobiliario urbano y los tributos que pesan sobre automotores y embarcaciones deportivas o de recreación.
El tribunal dispuso la medida hasta tanto se resuelva al planteo de inconstitucionalidad mediante el cual fue impugnada la ley provincial 13.648, que establece un adicional a los impuestos "Inmobiliario Urbano, a los Automotores y a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación".
La Corte prohibió -mediante una medida cautelar- al gobierno de Daniel Scioli "liquidar, reclamar, intimar o proseguir con la exigencia del pago de los adicionales establecidos en la ley local 13.648, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa".
La negativa de exigir pagos adicionales deberá acatarse hasta que la justicia determine si el Estado bonaerense "se ha excedido en sus potestades tributarias", como sostiene un ciudadano particular que planteó ante la justicia la inconstitucionalidad de la ley.
El fallo fue rubricado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.

Fuente: infoban.com.ar