Foto: Eva Cabrera/telam/cgl

Las actividades fueron exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular en esos distritos

Según el anexo de la Decisión Administrativa 818/2020 que publica hoy el Boletín Oficial, se exceptúa del cumplimiento del “ASPO” y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las actividades industriales en diferentes actividades industriales en determinados municipios de la provincia de Buenos Aires, cumpliendo los respectivos protocolos sanitarios y que los trabajadores lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros.

En Pilar se autorizó el funcionamiento de industrias que elaboran “Productos del Tabaco” y también la “Fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores”

Por su parte en San Martín la actividad industrial comprende 18 rubros: Automotriz y autopartes; Electrónica y electrodomésticos; Indumentaria; Productos del Tabaco; Metalurgia, Maquinaria y Equipos; Calzado; Gráfica, Ediciones e Impresiones; Madera y Muebles; Juguetes; Cemento; Productos Textiles; Manufacturas del Cuero; Neumáticos; Bicicletas y Motos; Química y Petroquímica; Celulosa y Papel; Plásticos y subproductos; Cerámicos.

VER: En San Martín, están aprobadas 18 excepciones para rubros industriales

Asimismo tanto en Tres de Febrero como en Zárate se autorizó a reanudar la actividad industrial Automotriz y autopartes.

El anexo comprende también la actividad en La Matanza dentro de los rubros de industrias Automotriz y autopartes: Industria indumentaria; Industria Metalúrgica, maquinaria y equipos;  Industria del calzado; Industria gráfica, ediciones e impresiones; Industria de la madera y muebles; Industria de juguetes; Industria Textil; Industria química y petroquímica; Industria de plásticos y subproductos.

Por último se autorizó en Quilmes la Fabricación de Juguetes y la Fabricación de Productos Textiles.

Cabe destacar que en todos los casos estas excepciones “podrán ser dejadas sin efecto por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial, y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia COVID-19”.