La justicia en lo contencioso administrativo de La Matanza rechazó hoy el recurso de amparo presentado por la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (Adecua)La presentación, pretendía frenar la entrada en vigencia de la ley que otorga poderes especiales a la Subsecretaría de Ingresos Públicos bonaerense.
Fuentes judiciales informaron que el juez en lo contencioso Federico Josí Gallo Quintian rechazó la acción de amparo por considerarla "inadmisible e improponible para pedir la inconstitucionalidad de la norma".
En el fallo el magistrado sostuvo que "existen medios judiciales más idóneos" para atacar las modificaciones al Código Fiscal, que otorgan amplias facultades a Rentas para forzar el cumplimiento de deudores fiscales morosos.
Citó además jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia en torno a que el Amparo "se halla condicionado a la existencia de un acto, hecho u omisión que en forma actual o inminente, lesione o restrinja el ejercicio de derechos o garantías con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta".
A criterio del magistrado, estos presupuestos no están contemplados en el caso que debió analizar "debido a que en la prsentación no se desprende la existencia de un acto concreto de aplicación de la norma".
Según Adecua, con la nueva ley "se está dejando de lado al Poder Judicial y lo establecido en la Constitución Nacional y (el subsecretario de Ingresos Públicos, Santiago) Montoya se convierte en juez y parte, quitándole al contribuyente la posibilidad de defenderse".
El organismo explicó que para que un contribuyente sea catalogado de deudor "requiere estar condenado en la Justicia", por lo que el tema de la oblea en los automotores es "altamente discriminatorio y genera un perjuicio que es muy difícil de subsanar en el caso de que haya existido un error".
Las fuentes explicaron que la resolución adoptada por el magistrado de La Matanza podrá ser apelada ahora ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo de San Martín, que es la que se encuentra de turno en la feria judicial.

Fuente: infoban.com.ar