La empresa AYSA, prestadora de los servicios de agua potable y cloacas en todo el área metropolitana de Buenos Aires elaboró en el marco del esquema de segmentación impulsado por el gobierno nacional tras la asunción de Sergio Massa en el Ministerio de Economía, una quita progresiva de los subsidios del agua que en la actualidad alcanzan al 64% de la factura.

La titular de la firma estatal, Malena Galmarini, indicó al momento del anuncio que a partir de una utilización de coeficientes zonales habrá una "reducción de subsidios de manera diferenciada y gradual, progresiva y paulatina para algunos de los usuarios", de la que estarán excluidos los beneficiarios de tarifa social y otros actores de la sociedad que se detallan a continuación.

Cómo será la quita del subsidio de agua?

Según lo informado por la empresa, se realizará la quita del subsidio en tres zonas que AySA agrupó de acuerdo a su código de zonificación que tiene en su marco regulatorio: alto, medio y bajo.

Los hogares del zonal alto tendrán una quita total del subsidio desde el 1 de noviembre. Los de zonales medio tendrán una quita en forma progresiva y se sacará en forma definitiva en marzo del 2023. Los bajos tendrán una quita progresiva pero continuarán con un 15% hasta mayo del 2023.

Los usuarios no residenciales tendrán un esquema similar a los zonales medios. Para las facturaciones con régimen medido se aplicará el mismo criterio de segmentación.

Como resultado de la segmentación, una factura promedio mensual con los dos servicios de agua potable y cloacas de AySA, quedará en $1.502 la más baja y de $2.099 la más alta (sin impuestos), aseguró la firma.

Programa de Tarifa Social

A su vez, se mantendrán las medidas de protección para las personas usuarias que no puedan afrontar el pago de la tarifa plena. El programa vigente que apunta a proteger a las personas usuarias de los sectores más vulnerables otorga subsidios focalizados acorde a su capacidad de pago, que al 2022 alcanza a 250.000 hogares.

El ente regulador (ERAS) es el responsable de autorizar e implementar este beneficio a quienes lo necesiten, que lo pueden solicitar de manera presencial en las oficinas de atención de AySA y ERAS o de manera virtual a través de la página web del ERAS.

Para la solicitud, se deberá completar un formulario con cuenta de servicios de AySA, información de los integrantes del hogar y gastos del hogar en salud, vivienda y servicios.

El beneficio tiene un año de vigencia y se podrá renovar dos meses antes de su vencimiento para mantenerlo.

El acceso al programa de tarifa social requiere a los hogares unipersonales un ingreso neto inferior a 2 jubilaciones mínimas ($ 86.630 a septiembre de 2022). Si se trata de un hogar familiar donde haya más de un habitante, se agregará el valor un ingreso adicional equivalente a una jubilación mínima por cada integrante. En estos casos, el monto máximo será en septiembre de 2022 de $ 216.575.

Las personas usuarias que reciban facturación a consorcio también pueden solicitar el beneficio, y el mismo se verá reflejado en el detalle de la liquidación asociado a su unidad funcional.

Registro para el mantenimiento del subsidio

AYSA informó que se creará un registro con la finalidad de "ampliar el universo de beneficiarios y garantizar que los esfuerzos del Estado Nacional en materia de subsidios lleguen a quienes realmente lo necesitan". El mismo estará a cargo del Ente Regulador (ERAS).

Será una medida adicional para aquellos usuarios residenciales ubicados en las áreas calificadas como “altas” o “medias” que no cumplan con los requisitos de Tarifa Social, y requieran mantener una parte de su factura de agua con subsidio del Estado Nacional.

Dicho registro permitirá mantener el nivel de subsidios correspondiente al segmento “Bajo” (el 15%) para los hogares que reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos netos menores a un valor equivalente a dos canastas básicas
  • Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
  • Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM
  • Al menos un o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar Tipo 2 según el INDEC.

Asimismo, aun cuando cumpliesen alguno de los criterios mencionados arriba, no podrán acceder al beneficio de mantenimiento del subsidio los hogares que:

  • Sean propietarios o propietarias de dos o más inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, o
  • Sean propietarios o propietarias de UN (1) vehículo de hasta TRES (3) años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).