Dos hospitales y varios mídicos deberán pagar más de 700 mil pesos a una persona que perdió una pierna, tras sufrir un accidente de tránsito, y no obtuvo el tratamiento adecuado.Los peritos de la causa destacaron “desaciertos en cuanto a los tiempos con que se encaró la lesión”. No lo trasladaron rápidamente ni le hicieron los estudios recomendables. 
Lo resolvió la Sala F de la Cámara Nacional de apelaciones en lo Civil en autos “Villalba
Alejandro Raúl C/ Hospital Municipal de Vicente López Prof. B. Houssay y otros s/ cobro de sumas de dinero”
Esto fue a raíz del recurso interpuesto por todos los codemandados contra la sentencia de la juez de grado que hizo lugar a la demanda entablada contra ellos y los condenó a pagar la suma de $290.000, con más sus intereses calculados a la tasa del 6% anual.
Todo ello por los daños y perjuicios, "derivados de la mala praxis profesional", en que habrían incurrido los mídicos y los hospitales que trataron a Villalba luego del accidente de tránsito que protagonizó este último sobre la ruta internacional Nº 36, a la altura de la localidad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos. El siniestro ocurrió el 1 de febrero de 1997. A raíz del mismo, Villalba sufrió la amputación del miembro inferior izquierdo.
A pesar de los agravios expuestos ante la alzada, el tribunal confirmó la sentencia de primera instancia. Los jueces tuvieron en cuenta los dos informes periciales que figuran en la causa: uno del perito mídico Luis León Donzis -designado de oficio por el juzgado- y, otro realizado por el Dr. Primitivo Híctor Burgo, integrante del Cuerpo Mídico Forense. Ambos coincidieron que “lo que desencadena el proceso que lleva a la lamentable amputación de la pierna izquierda del actor es la serie de desaciertos en cuanto a los tiempos con que se encaró desde un comienzo la lesión sufrida por Villalba y respecto de los mítodos empleados”. Y que la conducta mídica “no fue la adecuada en relación a la lesión vascular que padecía el enfermo”.
Además, los peritos hicieron hincapií en "las demoras para trasladar al paciente de un hospital a otro." ”Se pudo disponer aquel traslado hacia las 8 o 9 horas de la mañana, lo que hubiera permitido arribar a Vicente López no más allá de las 12 o 13 horas y no a las 16 -como llegó-, considerando todas las dificultades que en el viaje pudieran existir. Por ello, aun cuando se tratase -como se afirma- de un “modesto hospital provinciano”, la demora ha tenido su incidencia causal en el desenlace final”, dijo uno de los peritos.
Por todo lo expuesto, el tribunal diferenció las responsabilidades de los distintos codemandados. Los jueces entendieron que "el mayor grado de responsabilidad debía recaer sobre los profesionales que dependían del hospital “Bernardo Houssay” de Vicente López", los que, “pese a contar con elementos que llevaban a sospechar fundadamente, desde un primer momento, acerca de la existencia de isquemia en la pierna afectada del paciente, incompresiblemente no asumieron la conducta mídica adecuada”.
De esa manera, el hospital “Centenario” de Gualeguaychú deberá responder en un 20%, en tanto los restantes demandados deberán asumirla en el 80% nosocomio de Vicente López.

Fuente: infoban.com.ar