Fijó la reducción del 20% en la base de cálculo de los montos de la cuarta categoría y la de 50% de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en octubre y diciembre próximo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) convalidó las modificaciones decididas por el gobierno nacional al impuesto a las Ganancias, a travís del decreto 561/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El mismo fijó la reducción del 20% en la base de cálculo de los montos del impuesto a las Ganancias no sujetos a retención, y precisó que la suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca AFIP.

Tambiín estableció que la AFIP reducirá en un 50% los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en octubre y diciembre del 2019.

Además determinó la bonificación del impuesto integrado de setiembre próximo, para los pequeños contribuyentes adheridos al Rígimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, conocido como Monotributo, que hayan cumplido con el ingreso de las cuotas del impuesto de los períodos de enero a agosto de este año.

Asimismo fijó que el Estado financiará el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia que se devengue durante este mes y el próximo, en una suma equivalente a $2.000 mensuales o al 100% de su valor, lo que resulte menor.

Esto tendrá efecto, exclusivamente, para quienes tengan una remuneración bruta mensual devengada en el mes de que se trate de hasta $60.000.

El decreto aclaró que las erogaciones que demande el cumplimiento de estas disposiciones se financiarán con aportes del Tesoro Nacional, no viíndose afectados los recursos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) ni los derechos conferidos a los trabajadores por tal sistema.

Además invitó a las provincias, a la ciudad de Buenos Aires y a los municipios a adherir a estas disposiciones, adoptando en el ámbito de sus jurisdicciones una medida similar.

Fuente: infoban.com.ar