Para aquellos que se vencían los antiguos certificados y no pudieron obtener el turno para sacar el nuevo.

Para extender la vigencia deben obtener un turno con la junta de discapacidad de su distrito para ser evaluados y determinar si están en condiciones de obtener el nuevo Certificado Único de Discapacidad. El CUD tiene pase libre y gratuito en transporte público. Y exime del pago del Impuesto Automotor.

El ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires informó que prorrogorá hasta el 30 de abril del año que viene, la vigencia de los certificados de discapacidad provinciales vencidos.

La medida, que se concretó con la firma de una resolución a cargo del ministro de Salud provincial, Alejandro Collia, se tomó porque aquellos discapacitados a los que se les vencían los antiguos certificados y aún no tenían turno para sacar el nuevo, corrían el riesgo de perder los beneficios.

Con la resolución ministerial Nº 4.007, firmada por Collia, se extenderá la vigencia de los certificados provinciales anteriores a la existencia del CUD hasta el último día de abril, siempre y cuando el discapacitado demuestre que obtuvo el turno correspondiente para ser evaluado por la Junta Descentralizada de Discapacidad de su distrito a fin de obtener el nuevo documento.

“Es sencillo: para que se le prorrogue la vigencia, el certificado provincial debe presentar, al dorso, la firma del presidente de la Junta de Discapacidad que le corresponde por su domicilio y el turno para ser evaluado y sacar el CUD”, explicó el director provincial de Coordinación de Sistemas Regionales de Salud, Daniel Levato, e informó que ya están funcionando más de 140 Juntas de este tipo en todas las Regiones Sanitarias para que los discapacitados tramiten, cerca de sus domicilios, el nuevo certificado único de discapacidad, de alcance nacional.

Se estima que alrededor del 9 por ciento de la población de la provincia de Buenos Aires, casi 1.500.000 personas, sufre algún tipo de discapacidad y, a partir de la puesta en marcha del nuevo certificado nacional, podrán acceder a los beneficios contemplados en las leyes nacionales: 22.431 y 24.901.

Para obtenerlo, la persona interesada tiene que presentar un informe de su mídico tratante donde se detalle el tipo de discapacidad que padece, desde cuándo, quí tratamiento lleva a cabo y el tipo de secuelas (transitorias o permanentes) con las que convive.

El Certificado Único de Discapacidad (CUD) amplía al 100 por ciento la cobertura de los servicios de salud que se ocupan del tratamiento y rehabilitación de la discapacidad a travís de las obras sociales nacionales, empresas de medicina prepaga, Profe o Pami.

Fuente: infoban.com.ar