Un proyecto de ley propone la modificación del Código Electoral Nacional para evitar "este ardid político que se emparenta a un
verdadero fraude electoral".
El Diputado Nacional, Dr. Norberto Erro, presentó un proyecto de ley (2802-D-2009) reformando el Código Electoral Nacional a fin de evitar las candidaturas testimoniales.
La fundamentación de dicha iniciativa radica en la "flagrante violación ítica, que constituyen las llamadas “candidaturas testimoniales", que se erigen como una burla a la representatividad y al mandato surgido del sufragio popular."
Según indicó el legislador "Desde el punto de vista ítico, este ardid político se emparenta a un
verdadero fraude electoral, ya que se vale de un vacío normativo, que el presente proyecto de ley trata de solucionar, profundizando los cambios hacia una política más transparente."
Asimismo Erro considera que "Una representatividad genuina, no debe permitir que se postulen para
se electos a senadores o diputados nacionales, quienes decididamente no van a ocupar los cargos para los que se someten al sufragio de los ciudadanos, ni quienes, como en el caso de los gobernadores de provincia o los eclesiásticos regulares tienen vedada tal oportunidad, así como el jefe de Gabinete, los ministros y demás secretarios de Estado del poder Ejecutivo, por cuanto se encuentran obligados a una responsabilidad y una dependencia que les limita su independencia ítica, moral y jurídica."
El Diputado Nacional sostiene que "Más allá de la necesaria eliminación de las listas sábanas, el
establecimiento del desdoblamiento de las elecciones, la implementación del voto electrónico y la boleta única, todas reformas imprescindibles para una modificación completa del sistema político, para trasparentar y brindar mayor legitimidad a los representantes del pueblo y de las provincias, se hace ya imprescindible, esta reforma que proponemos que no implica otra cosa que reglamentar los artículos referidos al tema en la Constitución Nacional, para que en los próximos comicios, pueda el ciudadano sentir que no se lo utiliza como un botín electoral y sí puede elegir genuinamente a sus representantes."
"Sabemos que es absolutamente legítimo ofrecerse a la elección ciudadana, pero no es íticamente aceptable que se participe de una campaña electoral cuando debiera estar atendiendo el despacho de su función ejecutiva o legislativa" finalizó.

Fuente: infoban.com.ar