En la busca y promoción de sistemas de producción de energía alternativa, y con el apoyo de la Secretaría de Política ambiental, se anunció la creación de la conferencia sobre energía eólica 2007Basado en la jurisdicción que la Ley 11.723 establece, la SPA está facultada en su  capítulo IV, referente a Energía que "El Ente Provincial Regulador Energítico deberá promover: La investigación, desarrollo y utilización de nuevas tecnologías aplicadas a fuentes de energía tradicionales y alternativas y El uso de la energía disponible preservando el medio ambiente.
En su ARTICULO 53º dicha norma dispone que "Las personas físicas o jurídicas, públicas, privadas o mixtas que deseen generar energía de cualquier clase que sea, deberán solicitar concesión o permiso al Ente Provincial Regulador Energítico, previa evaluación de su impacto ambiental."
A su vez, y en el mismo sentido el ARTICULO 54º detalla que "Para lograr ahorro energítico el Ente Provincial Regulador Energítico deberá elaborar planes y definir los instrumentos y mecanismos para la asistencia de los usuarios."
Por lo expuesto, la promoción e investigación de energías alternativas (por ejemplo, eólicas) están contempladas en la Ley madre de la SPA.
A araíz de esto, los responsables del área anunciaron que el año próximo se realizará en la Argentina la VI Conferencia y Exposición Mundial de Energía Eólica, cuya organización estará a cargo de la Secretaría de Política Ambiental.

Fuente: infoban.com.ar