A raíz de un fallo judicial dictado en San Isidro ayer, la cartera educativa bonaerense deberá indemnizar a la familia de un menor que sufrió un accidente en un jardin de infantes de TigreEl fallo de los Jueces de la Sala Segunda de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Isidro establece que la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense deberá abonar la suma de $20.400 en concepto de daños y perjuicios por considerar que es "responsabilidad directa y objetiva de los establecimientos educacionales, privados o estatales, por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores de edad cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa".
La medida fue apelada por la Dirección General de Cultura y Educación porque sostienen que el incidente fue motivado por un "caso fortuito como causa del accidente". Sin embargo, la justicia entendió que la responsabilidad final era del jardín que se encuentra bajo la órbita del Estado bonaerense y que el accidente "pudo ser evitado si se hubiera obrado con cuidado y previsión, lo que no ocurrió".
El accidente ocurrió el 13 de setiembre de 1999 cuando el menor resbaló durante un juego en la clase de gimnasia , en el Jardín de Infantes Nº 938 de Benavidez, en Tigre, sufriendo fractura de clavícula y esguince de columna vertebral (con inversión de la lordosis cervical fisiológica).
Según el dictamen del mídico que intervino en la causa, si bien "tales lesiones no provocaron secuelas incapacitantes", los demandantes se resguardaron en el principio de "daño psicológico" hacia su hijo
Los padres iniciaron acciones legales contra el establecimiento por entender que el Jardín tiene la obligación de "asegurar la integridad física de los menores a travís del cuidado y la vigilancia mientras permanece en el colegio y su reintegro a los padres sin daño alguno".

Fuente: infoban.com.ar