Un plenario de las comisiones de Legislación Penal y de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados buscará mañana emitir dictamen sobre un proyecto de ley que propone modificar el artículo 34 del Código Penal para que se agregue una nueva figura, la de la legítima defensa privilegiada en contexto de violencia de género en el ámbito intrafamiliar, cualquiera sea el daño ocasionado al agresor.

El texto consensuado que se pondrá a consideración mañana desde las 15 surgió de iniciativas de los diputados Silvia Lospennato (PRO-Juntos por el Cambio), Enrique Estevez (Socialismo); Cristina Álvarez Rodríguez (Frente de Todos) y Claudia Najul (UCR-Juntos por el Cambio).

La modificación implica que tanto jueces como fiscales tengan que analizar y descartar el contexto de violencia que padecía la mujer previo a encuadrar el caso en uno de los supuestos de la legítima defensa privilegiada.

"De esa forma se podría llegar a evitar que se repitan alguna de las situaciones injustas en que por falta de análisis de ese contexto una mujer que en realidad era una victima de violencia y comete un homicidio termine siendo juzgada como si esa situación no fuese un atenuante para justificar la legítima defensa", explicó Lospennato.

Por su parte, Estévez señaló a Télam que "debe contemplarse el contexto de violencia como un proceso cíclico, continuado, en el que la agresión ilegítima no está dada por un hecho aislado, no cabe un análisis fragmentado de los hechos”.

“Resulta urgente avanzar para evitar la criminalización y revictimización de aquellas víctimas de violencia de género que llegan a encontrarse en un escenario tan extremo en el que se defienden de su agresor”, completó

Para el santafesino, "las preocupantes cifras de femicidios, transfemicidios y travesticidios en la Argentina deben interpelarnos”, exclamó y explicó que por dicha razón esta problemática deber ser “central en la agenda legislativa”.

La criminalización de mujeres víctimas de violencia que mataron a sus parejas o exparejas después de años de maltrato no es un fenómeno exclusivo de Argentina, sino que también ha sido identificada como un problema en otros países.

Este contexto generalizado de aplicación discriminatoria del derecho motivó al Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), a pronunciarse en una Recomendación General acerca de la interpretación de la legítima defensa de conformidad con la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Según datos de Mumalá, en lo que va del 2021 se sucede una muerte violenta cada 25 horas.