Así se despidió el Pte. del Bloque oficialista, el saliente concejal Javier Carrillo ante la denuncia penal por presunción de cohecho contra los ediles de Vicente López, presentada a principios de añoEl concejal oficialista, involucrado en el trámite de las rechazadas excepciones impulsadas por el Ejecutivo y el Deliberante leales a García, dijo que "sólo un hijo de puta" pudo haber presentado una denuncia, a la vez que acusó al medio periodístico que publicó los testimonios de un concejal que admitió la dádiva tras la sesión del 24 de diciembre de "libelo" y calificó los testimonios prestados en declaración testimonial (como testigo) de Declaración Indagatoria (como si el testigo hubiera cometido un delito y estuviera imputado en la causa.)

El error no es casual, ya Carrillo ha intentado en varias oportunidades -siempre dentro del recinto- desprestigiar a los periodistas independientes con agresiones e injurias. En la testimonial efectuada ante la justicia -que Carrillo omitió mencionar- el testigo confirmó los dichos publicados en el periódico Primera Sección en los que explicó "que un concejal, en comunicación telefónica admitió haber recibido beneficios al recordar la frase "yo vote a favor del Shopping por que estoy a favor de los microemprendimientos" y al ser informado sobre que se trababa de una inversión de mas de 200 millones, el concejal retrucó "los micropemprendimientos que me voy a hacer con la plata que les saquí a ístos".

El fiscal mandó a archivo la causa por que el periodista le explicó que la única razón que había movido a ese edil a efectuar el comentario era la reserva profesional del medio y su derecho a preservar la fuente, cuetión a la que el periodista fue leal. No obstante, en ningún lugar de la causa se desmiente ni por testimonios ni por aportes de la instrucción de la investigación, que los dichos fueran ciertos, simplemente, el Fiscal no puede comprobarlos, y los culpables, quedarán impunes.

Respecto de la acusación de Carrillo sobre que el declarante testimonial fue a indagatoria, sólo puede responder a su desconocimiento del derecho. No se puede confundir a un testigo con un imputado ni con un procesado.

Fuente: infoban.com.ar